Crea y Crece: la ley que obliga a la factura electrónica entre empresas

La Ley 18/2022 ('Crea y Crece') quiere acabar con la factura en papel en relaciones B2B. La obligación está aprobada por ley pero pendiente de Real Decreto. Aquí qué obliga, a quién, desde cuándo y por qué importa más de lo que crees.

Crea y Crece·Lectura: 6 min·Revisado: 2026-05-19

Qué cambia respecto a hoy

Hoy la factura electrónica es obligatoria sólo en B2G (Ley 25/2013, sector público vía FACe). En B2B (entre empresas y autónomos) puedes elegir papel, PDF o electrónica estructurada.

Con Crea y Crece, una vez entre el RD de desarrollo, TODA factura B2B tendrá que ser electrónica estructurada. PDF en email no servirá.

Calendario por tamaño de empresa

La Ley 18/2022 fija calendario aproximado en su Disposición Final: 12 meses desde publicación del RD para empresas con facturación > 8 M€; 24 meses para el resto (autónomos y pequeñas y medianas empresas).

El RD no se ha publicado todavía. Si sale en 2026, autónomos cumplirían en 2028. Si sale antes, antes. Conviene preparar la infraestructura ya: migrar de PDF a XML Facturae lleva tiempo y formación.

  • Empresas con facturación > 8.000.000€: 12 meses desde publicación RD
  • Autónomos y PYME: 24 meses desde publicación RD
  • Estado actual del RD: pendiente de publicación oficial (último borrador 2023)

Plataformas autorizadas

El RD designará una plataforma pública (probablemente integrada con AEAT) y reconocerá plataformas privadas certificadas para el intercambio. Cada empresa elegirá la que prefiera.

La interoperabilidad será obligatoria: una factura emitida en una plataforma tiene que poder llegar a otra plataforma de la otra parte. El estándar técnico será Facturae 3.2.x con extensiones específicas.

Sanciones por incumplimiento

El art. 12 ter de la Ley 56/2007 (incorporado por la Ley 18/2022) tipifica como infracción no emitir factura electrónica cuando es obligatorio. Sanción de hasta 10.000€.

Antes habrá requerimiento previo de la Administración. La sanción busca ser proporcional al volumen y a la reincidencia, no destructiva.

Estrategia razonable para autónomos

No esperes al RD para preparar la transición. Migrar a software que ya emita Facturae (FactuLens, otros conformes) te deja listo el día que entre. Mientras tanto, sigues emitiendo PDF/papel para clientes que aún no piden electrónica.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entra realmente la obligación B2B?

Depende del Real Decreto de desarrollo de la Ley 18/2022, todavía pendiente de publicación oficial en BOE. Tras su publicación, 12 meses para empresas > 8 M€, 24 meses para autónomos y PYME.

¿Tengo que usar la plataforma de la AEAT?

Podrás elegir entre la plataforma pública (AEAT) y plataformas privadas certificadas. La interoperabilidad será obligatoria, así que la elección de tu proveedor no te encerrará en su ecosistema.

¿Y si mi cliente sigue queriendo factura en papel?

Cuando entre la obligación, no podrás dársela en papel aunque la quiera. La factura electrónica será el único formato legal en B2B obligatorio.

¿Verifactu y Crea y Crece son lo mismo?

No. Verifactu (RD 1007/2023) regula cómo nace y se conserva tu factura (integridad, hash, archivo). Crea y Crece (Ley 18/2022) regula en qué formato la entregas al cliente empresa (Facturae XML). Son complementarias.

Fuentes legales

  • Ley 18/2022 (Crea y Crece)Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (BOE BOE-A-2022-15818)
  • Ley 25/2013Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público (BOE BOE-A-2013-13722)

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