Por qué Arquitectos entran en Verifactu
Verifactu (RD 1007/2023) afecta a todo autónomo persona física que emita factura, sin excepciones por colegio profesional ni por volumen. Como arquitecto que emites facturas a clientes (particulares o empresas), entras en el ámbito.
El paso clave es asegurarte de que tu programa actual está adaptando Verifactu. Muchos software sectoriales antiguos no lo harán: tendrás que migrar.
Qué buscar en tu nuevo software
Plantillas adaptadas a tu sector (campos típicos de arquitecto), serie de factura propia, integración con métodos de cobro habituales (Bizum, tarjeta, transferencia) y conservación conforme.
Bonus si maneja IVA reducido o exento (sanidad, enseñanza, ciertos servicios profesionales).
Cómo migrar sin perder histórico
Exporta tus facturas actuales en CSV/Excel, sube el archivo al wizard de FactuLens y la herramienta importa con tu numeración, IVA y datos de cliente. Migración media: 15 minutos para histórico de 1 año.
Preguntas frecuentes
¿Verifactu cambia mi colegio profesional?
No. Verifactu es obligación tributaria estatal independiente del colegio profesional. Sigues colegiado igual.
¿Y mis facturas exentas de IVA?
Verifactu se aplica a todas las facturas que emitas, exentas o no. La exención del IVA es campo de la factura, no exime de la obligación de Verifactu.
¿Puedo seguir cobrando en efectivo?
Sí, mientras respetes el límite legal de 1.000€ entre profesionales (Ley 11/2021). Verifactu no afecta al método de cobro.
Fuentes legales
- RD 1007/2023 — Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, que aprueba el Reglamento Verifactu (sistemas informáticos de facturación) (BOE BOE-A-2023-24840)
- Ley 11/2021 — Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (BOE BOE-A-2021-11473)